Admisión – Requisitos Grado Superior
Requisitos de acceso
Distribución de plazas: Reservas y Vías de acceso
Reserva de plazas (discapacidad>=33%)
Se reservarán un 5% de las plazas ofertadas para el alumnado que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Esta reserva se mantendrá hasta la fase de resultas.
Reserva de plazas (deportistas de alto nivel y alto rendimiento)
Se reservará un 5% de las plazas ofertadas para quienes acrediten la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento. Tendrán preferencia los deportistas calificados como de alto nivel por el Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes.
Criterios para asignar el resto de plazas
El resto de plazas se distribuirá atendiendo a los requisitos de acceso que se cumplen, para lo que se establecen tres vías de acceso:
- Vía 1: 85% de las plazas.
- Técnico de Formación Profesional o el título de Bachiller.
- Se priorizarán los estudiantes que han finalizado estos estudios los tres últimos cursos académicos.
- La distribución del cupo de plazas entre técnicos de formación profesional y titulados de bachiller será del 50% para cada uno de los grupos de esta vía.
- Vía 2: 10% de las plazas.
- Prueba de acceso a grado superior o Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- Curso de formación específico preparatorio para acceso a grado superior.
- Vía 3: 5% de las plazas.
- Técnico Superior de Formación Profesional.
- Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
- Otras titulaciones y certificaciones declaradas equivalentes a efectos de acceso a grado superior:
- Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE).
- Título de BUP, o haber completado todas las asignaturas conducentes a la obtención del citado título.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
- Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnicos Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
Criterios de baremación
Los criterios de baremación se establecen en la ORDEN EDU/464/2024, de 10 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
- Consulta aquí el Anexo I: CRITERIOS DE BAREMACIÓN, b) CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR.
- Si accedes con el título de bachiller: consulta aquí el Anexo III: Modalidades y materias de bachillerato que dan prioridad para cursar ciclos formativos de grado superior.
- Si accedes con el título de técnico, se asignan puntos si el ciclo formativo de grado medio cursado y el ciclo formativo de grado superior al que se quiere acceder, estén en la misma opción: consulta aquí el Anexo IV: Opciones y familias profesionales.
Normativa
- RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión a los ciclos formativos y cursos de especialización en modalidad presencial, así como el calendario del procedimiento de autorización para impartir módulos profesionales en oferta parcial y opción modular específica, en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León para el curso escolar 2024-2025.
- ORDEN EDU/464/2024, de 10 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
- ORDEN EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.