Renuncia a módulos / Anulación matrícula / Modalidad Presencial

Introducción

¿Cuántas convocatorias ordinarias de evaluación tiene cada módulo?

  • El número de convocatorias ordinarias de evaluación de los módulos profesionales es limitada:
    • En los ciclos formativos: cuatro convocatorias
    • En los cursos de especialización: dos convocatorias
  • En cada curso, se realizan dos convocatorias de evaluación  finales ordinarias.

¿Se puede anular una convocatoria?

Con la finalidad de no agotar el número de convocatorias de evaluación previstas, el alumnado o sus representantes legales podrán solicitar ante la dirección del centro docente la RENUNCIA a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de uno o más módulos o la ANULACIÓN siempre que se de alguna de las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
  • Incorporación a un puesto de trabajo.
  • Obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio, incluidas las derivadas del parto en los dos años siguientes a este.
  • Otras razones que condicionen o impidan el seguimiento o aprovechamiento ordinario de la formación.

¿Qué diferencia hay entre renunciar a convocatoria y anular matrícula?

  • Renunciar a convocatoria de evaluación ordinaria final
    • Se puede renunciar para uno o varios módulos.
    • Se puede renunciar a una o las dos convocatorias (cada convocatoria en su plazo).
    • La renuncia de todas las convocatorias de todos los módulos tendrá los mismos efectos que la anulación de matrícula.
  • Anular matrícula
    • Supone renunciar a la evaluación de todos los módulos de los que haya matriculado, en las dos convocatorias.
    • Implica perder el derecho de reserva de plaza para el curso siguiente.

Normativa

  • Artículo 6 de la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de  diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.

Plazos renuncia/anulación

Plazos renuncia a convocatoria de evaluación de módulos

  • De la primera convocatoria de evaluación final: Al menos dos meses antes de la primera sesión de evaluación final del módulo correspondiente.
  • De la segunda convocatoria de evaluación final: Se presentará en el plazo de tres días después de conocer los resultados de la primera convocatoria de evaluación final.

Plazos anulación de matrícula

  • Antelación mínima de dos meses antes de la primera sesión de evaluación final.
  • Excepción: en los casos de embarazo u obligaciones personales o familiares derivadas del parto, el plazo de solicitud será hasta el 10 de mayo o en el plazo de quince días desde que se conozca la causa.

Procedimiento para renuncia/anulación

El alumnado deberá presentar, en la secretaría del centro docente:

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