Renuncia a módulos / Anulación matrícula / Modalidad Presencial
Introducción
¿Cuántas convocatorias ordinarias de evaluación tiene cada módulo?
- El número de convocatorias ordinarias de evaluación de los módulos profesionales es limitada:
- En los ciclos formativos: cuatro convocatorias
- En los cursos de especialización: dos convocatorias
- En cada curso, se realizan dos convocatorias de evaluación finales ordinarias.
¿Se puede anular una convocatoria?
Con la finalidad de no agotar el número de convocatorias de evaluación previstas, el alumnado o sus representantes legales podrán solicitar ante la dirección del centro docente la RENUNCIA a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de uno o más módulos o la ANULACIÓN siempre que se de alguna de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
- Incorporación a un puesto de trabajo.
- Obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio, incluidas las derivadas del parto en los dos años siguientes a este.
- Otras razones que condicionen o impidan el seguimiento o aprovechamiento ordinario de la formación.
¿Qué diferencia hay entre renunciar a convocatoria y anular matrícula?
- Renunciar a convocatoria de evaluación ordinaria final
- Se puede renunciar para uno o varios módulos.
- Se puede renunciar a una o las dos convocatorias (cada convocatoria en su plazo).
- La renuncia de todas las convocatorias de todos los módulos tendrá los mismos efectos que la anulación de matrícula.
- Anular matrícula
- Supone renunciar a la evaluación de todos los módulos de los que haya matriculado, en las dos convocatorias.
- Implica perder el derecho de reserva de plaza para el curso siguiente.
Normativa
- Artículo 6 de la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.
Plazos renuncia/anulación
Plazos renuncia a convocatoria de evaluación de módulos
- De la primera convocatoria de evaluación final: Al menos dos meses antes de la primera sesión de evaluación final del módulo correspondiente.
- De la segunda convocatoria de evaluación final: Se presentará en el plazo de tres días después de conocer los resultados de la primera convocatoria de evaluación final.
Plazos anulación de matrícula
- Antelación mínima de dos meses antes de la primera sesión de evaluación final.
- Excepción: en los casos de embarazo u obligaciones personales o familiares derivadas del parto, el plazo de solicitud será hasta el 10 de mayo o en el plazo de quince días desde que se conozca la causa.
Procedimiento para renuncia/anulación
El alumnado deberá presentar, en la secretaría del centro docente:
- Solicitud de renuncia a convocatoria de evaluación de módulos o anulación de matrícula (modalidad presencial)
- Documentación justificativa de las razones alegadas en la secretaría del centro docente.